El pasado 8 de diciembre, la UE y los países miembros llegaron a un acuerdo para aprobar la primera Ley de Inteligencia Artificial o AI Act. De esta forma, consiguieron superar los escollos existentes, sobre todo, en cuanto a los sistemas de vigilancia biométrica y los modelos de IA generativa.
Este proceso de negociación que ahora culmina, se inició el pasado 16 de junio. Este día, el Parlamento Europeo, tras un intenso debate y votación de enmiendas, aprobó el texto definitivo de la ley europea de IA. También establecía las condiciones de ese proceso, ya que, por implicaciones de competencias ajenas a la UE, debían participar los Estados miembros. Ahora, solo queda la ratificación del texto definitivo por parte de la Eurocámara y su publicación en el DOCE. Desde TicNegocios de la Cámara, queremos hablaros de estas novedades.
El 21 de abril de 2021, la Comisión Europea propuso un reglamento para establecer los límites éticos y legales de la IA. Esta propuesta giraba en torno a un enfoque sobre los riesgos que asumían los usuarios. De este modo, establecía una serie de categorías de peligro que implicaban un determinado nivel de regulación. En líneas generales, se establecieron tres:
Una vez ratificada esta ley por la Eurocámara, se publicará en el DOCE. Como el procedimiento es por vía ordinaria, su entrada en vigor se prevé 20 meses después de su publicación. Por tanto, será en el segundo semestre de 2026 cuando esto ocurra. No obstante, los Estados pueden ir aprobando normas acordes a ella y proceder a su regulación.
Además de la categorización por niveles de riesgo de los sistemas de IA, hay algunos aspectos básicos en esta ley, que debéis conocer. Os señalamos algunos.
Se aplicará a los sistemas de IA considerados de riesgo alto, a los seguros y a la banca. Igualmente, se consideran parte de este grupo los capaces de incidir en los resultados electorales, así como en el comportamiento de los electores, en general. Por otra parte, se define el derecho de la ciudadanía a presentar quejas y a recibir explicaciones sobre las decisiones basadas en estos sistemas cuando afecten a sus derechos.
Todos los GPAI deberán cumplir ciertos requisitos de transparencia. Así, por ejemplo, se les pide que elaboren documentación técnica o que cumplan con la legislación europea sobre derechos de autor, entre otras cosas. En el caso de que se trate de un GPAI de alto impacto con riesgo sistémico, las obligaciones son más estrictas. Así, deben reducir esos riesgos, efectuar evaluaciones, hacer ensayos contradictorios, informar a la Comisión si se producen incidentes graves, etc.
Con este fin, promueven los sandboxes regulatorios para desarrollar y entrenar IA innovadora de manera previa a su comercialización. De esta forma, soslayan la presión de las grandes tecnológicas que controlan la cadena de valor.
La ley europea de IA nace con una clara voluntad de compatibilizar innovación y derechos humanos. Por un lado, garantiza la sostenibilidad medioambiental, la democracia, los Estados de derecho y los derechos fundamentales de la ciudadanía. Y, por otro, apuesta por la innovación y sitúa a Europa en una posición de liderazgo. Así, establece varias obligaciones para las aplicaciones de IA con el propósito de minimizar sus riesgos potenciales o su impacto en los derechos. Os hablamos de algunas de sus prohibiciones:
No. El primer intento de legislación de la IA es la que está llevando a cabo la UE. Lo que sí se ha producido es la elaboración de un documento no vinculante por parte de 18 Estados. Son: Alemania, Australia, Canadá, Corea del Sur, Chequia, Chile, Estados Unidos, Estonia, Francia, Israel, Italia, Japón, Nigeria, Noruega, Nueva Zelanda, Polonia, Reino Unido y Singapur. Sin embargo, se trata de directrices muy básicas, que no ha suscrito ni Rusia ni China y, al no ser vinculante, es posible que no tenga mucho recorrido. Estaremos atentos a su cumplimiento.
Por tanto, la Ley de Inteligencia Artificial viene a regular esta tecnología con una clara determinación a proteger los derechos fundamentales y a las pymes. Aún falta para su plena entrada en vigor, pero auguramos que España comenzará poco a poco a legislar para ir adecuándose a ella. Desde TicNegocios, os animamos a participar en nuestros seminarios al respecto. ¡Participad!
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